Vuelo cancelado

¿Cuánto y cuándo puedo reclamar?

*Puedes reclamar hasta 5 años atrás tus incidencias aéreas.

En la mayoría de los casos, ante una cancelación de vuelo suele ser la aerolínea la culpable. En estos casos, existen indemnizaciones automáticas de acuerdo al Reglamento Europeo Nº 261/2004. En dicho reglamento, se estableció finalmente que la cancelación del vuelo constituyen situaciones molestas para los pasajeros y pueden causarles grandes inconvenientes que necesitan ser indemnizados.

¿A quiénes se aplica el Reglamento?

  • A todos los pasajeros de avión que disponen de una reserva confirmada.
  • En vuelos que despegan de un aeropuerto europeo o que aterrizan en un aeropuerto europeo, siempre y cuando en este último caso la línea aérea tenga su base en la Unión Europea.

En tal sentido es irrelevante si los pasajeros:

  • Se encuentran en un viaje combinado.
  • Viajan con una compañía de bajo coste.
  • Viajan por trabajo.
  • Son niños (con billete pagado).
  • Vuelan con billetes gratuitos o reducidos gracias a un programa de fidelización de clientes o puntos.

El reglamento no se aplica a:

  • Pasajeros que viajan con una tarifa gratuita o reducida que no está disponible directa o indirectamente para el público en general.
  • Pasajeros que no han llegado a tiempo al mostrador para realizar la facturación. Salvo excepciones, los pasajeros deben presentarse en el mostrador de facturación al menos 45 minutos antes de la hora de salida (excepto en caso de cancelación).

*Si la compañía aérea te informó de la cancelación al menos con 14 días de antelación al vuelo, o si la aerolínea puede probar que la cancelación fue causada por circunstancias extraordinarias, no tienes derecho a compensación.

¿Qué son las circunstancias extraordinarias?

En el Reglamento Europeo nº 261/2004 se estipula que si la aerolínea no es responsable del retraso o cancelación del vuelo, no está obligada a compensar a sus pasajeros. Las "circunstancias extraordinarias" eximen, por tanto, a las compañías del pago compensatorio.

Aquí tienes algunos ejemplos:

  • Restricción del espacio aéreo.
  • Cierre del aeropuerto.
  • Inestabilidad política.
  • Riesgos de seguridad inevitable.
  • Huelgas del personal del aeropuerto.
  • Colisión de pájaros con el motor del avión.
  • Condiciones climáticas adversas.

Vuelo cancelado

Te ayudaremos a reclamar hasta más de 4.000 €
Distancia (original-destino final) Compensación
0-1500km 250€+ Derecho asistencia
1500km-3500km 400€+ Derecho asistencia
+3500km 600€+ Derecho asistencia

Vuelo cancelado + Reembolso

Te ayudaremos a reclamar hasta más de 4.000 €
Distancia (original-destino final) Reembolso
0-1500km 250€+ El precio del billete
1500km-3500km 400€+ El precio del billete
+3500km 600€+ El precio del billete

1) Derecho al reembolso o a un transporte alternativo

Si la compañía aérea te informó de la cancelación menos con 14 días de antelación al vuelo. Tienes derecho a una compensación de entre 250 € y 600 €, en función de la distancia del vuelo.

2) Derecho de asistencia

3)Derecho de asistencia

La aerolínea también debe ofrecer asistencia en caso necesario (hotel, transporte hasta el hotel, comida, bebida, llamadas telefónicas);

Wings to Claim te ayudará a obtener la máxima indemnización asegurada

En cualquiera de estos casos, si la compañía aérea se negase a ello, se puede presentar una reclamación judicial.

Si tienes problemas con tu vuelo. Únicamente sólo tiene que hacer clic en ">Reclama, dedicar 2 minutos a seguir los pasos y subir tu tarjeta de embarque. Y nuestros compañeros se pondrán en contacto contigo en un plazo de 12 horas el mismo día. Y te ayudarán a subir los documentos necesarios de manera gratuita y con seguridad hasta que recibas la indemnización de la compañía aérea.