Si la aerolínea adelanta un vuelo más de una hora, los viajeros tienen derecho a ser indemnizados con entre 250 y hasta 600 €. Eso sí, si la aerolínea (y solo ella) avisa con más de 14 días, sólo se tendrá derecho a la devolución del importe del billete.
Desde diciembre de 2021, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) reconoce el derecho de los pasajeros aéreos a una indemnización cuando sus vuelos son adelantados en más de una hora. Y considera que las indemnizaciones deben ser similares a la de las cancelaciones de vuelos.
El TJUE reconoce que las graves molestias que se le ocasionan a los pasajeros cuando hay un gran adelanto en la hora de salida de su vuelo, es similar a las que sufren si se retrasa. Y por lo tanto, tienen derecho a ser compensados. A fin de cuentas, las personas que desean volar, tanto si les adelantan el vuelo, como si se lo retrasan, pierden la opción de disponer libremente de su tiempo, de organizarse como ellos decidan. Tal vez les sea imposible reorganizar sus tiempos y les sea imposible llegar al embarque.
Pongamos por caso que un turista que visita Valencia en Fallas, decide volar de vuelta a su hogar después de la hora de la comida, y reserva un restaurante y una visita por la mañana. Si su aerolínea adelanta la hora de salida le provoca no solo un perjuicio económico, sino también personal. Sus expectativas se ven dañadas.
No es habitual que un viajero sufra un adelanto en su vuelo, pero puede suceder cuando compra un viaje combinado en una agencia de vuelos pero no obtiene una reserva confirmada. Posteriormente, cuando el vuelo se confirma puede darse el caso de que se adelante sobre la hora prevista.
Si la hora de salida del vuelo se adelanta más de una hora, los viajeros tienen derecho a reclamar una compensación económica que puede ser de entre 250 y 600 euros según la distancia. También se podrá reclamar otros daños económicos, como la compra de nuevos billetes o gastos adicionales.
Los importes de la indemnización varían según la distancia. Si se trata de un vuelo de menos de 1.500 km, corresponderán 250 €. Si la distancia es entre 1.500 y 3.500 km, serán 400 € de indemnización. Y si se trata de viajes de más de 3.500 km se podrá obtener una compensación de 600 €.
Para poder obtener la indemnización se puede utilizar cualquier documento que acredite la reserva. En algunos casos las agencias de viajes entregan un documento llamado “inscripción en el viaje”.
¿Quien pagará la indemnización? La compañía aérea
Hay que tener en cuenta que si la aerolínea comunica con 14 días de anticipación, el viajero no tendrá derecho a la compensación económica mencionada, pero sí tendrá derecho a la devolución del coste del billete si lo desea.
Sobre esta notificación de adelanto de vuelo con 14 días de anticipación, debemos saber que, aunque no se haya comprado el billete directamente a la aerolínea, (tal vez a través de un portal online, o de una agencia de viajes) la aerolínea es igualmente es responsable y debe ser ella quien devuelva el coste del billete al pasajero.
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En cualquiera de estos casos, si la compañía aérea se negase a ello, se puede presentar una reclamación judicial.
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