Si tu vuelo se retrasa durante la Semana Santa, es importante que conozcas tus derechos como pasajero para asegurarte de recibir la asistencia y compensación adecuadas.
En estos casos, existen indemnizaciones automáticas de acuerdo al Reglamento Europeo Nº 261/2004. En dicho reglamento, se estableció finalmente que el vuelo retrasado constituyen situaciones molestas para los pasajeros y pueden causarles grandes inconvenientes que necesitan ser indemnizados.
A continuación te proporciono información útil al respecto:
- Derecho a la información: La compañía aérea está obligada a proporcionarte información clara y precisa sobre las causas del retraso y el tiempo estimado de salida. También debe ofrecerte información sobre tus derechos como pasajero, incluyendo la posibilidad de reclamar una compensación.
- Derecho a la asistencia: Si el retraso es superior a dos horas, la compañía aérea debe ofrecerte asistencia, como comida y bebida, acceso a llamadas telefónicas y correos electrónicos, y alojamiento si es necesario. Si el retraso es superior a cinco horas, también tienes derecho a cancelar tu vuelo y obtener un reembolso completo.
- Derecho a la compensación: Si el retraso es causado por la compañía aérea (por ejemplo, por problemas técnicos o de personal), puedes tener derecho a una compensación financiera adicional. La cantidad de la compensación depende de la duración del retraso y la distancia del vuelo. Ten en cuenta que si el retraso se debe a circunstancias extraordinarias, como mal tiempo o huelgas, la compañía aérea no está obligada a ofrecerte compensación.
- Reclamación de compensación: Si crees que tienes derecho a una compensación, debes presentar una reclamación a la compañía aérea. La mayoría de las compañías tienen formularios de reclamación en línea que puedes completar, y algunas también tienen números de teléfono para consultas.
En el Reglamento Europeo se recoge:
En caso de que llegases a tu destino final con 3 o más de 3 horas de retraso, tendrías derecho al reembolso o a un transporte alternativo. La aerolínea debe ofrecerte la posibilidad de elegir, bien el reembolso del coste del billete, bien la conducción hasta el destino final en condiciones comparables.
Si la compañía no te ofrece un transporte alternativo y decides viajar por tu cuenta, tienes derecho a que se te reembolsen los gastos en que hayas incurrido para poder llegar a tu destino. La cuantía oscilará entre 250 y 600€, en función de la distancia del vuelo.
A menos que la aerolínea pueda probar que el retraso fue debido a circunstancias extraordinarias. Además, la compañía también deberá ofrecerte asistencia en caso necesario (hotel, transporte hasta el hotel, comida, bebida, llamadas telefónicas).
¿Qué son las circunstancias extraordinarias?
En el Reglamento Europeo nº 261/2004 se estipula que si la aerolínea no es responsable del retraso o cancelación del vuelo, no está obligada a compensar a sus pasajeros. Las “circunstancias extraordinarias” eximen, por tanto, a las compañías del pago compensatorio.
Aquí tienes algunos ejemplos:
- Restricción del espacio aéreo
- Cierre del aeropuerto
- Inestabilidad política
- Riesgos de seguridad inevitable
- Huelgas del personal del aeropuerto
- Colisión de pájaros con el motor del avión
- Condiciones climáticas adversas
En resumen, si tu vuelo se retrasa durante la Semana Santa, es importante que conozcas tus derechos como pasajero y los hagas valer si es necesario. Recuerda que la compañía aérea está obligada a proporcionarte información y asistencia, y que puedes tener derecho a una compensación financiera adicional si el retraso es causado por la compañía aérea.
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En cualquiera de estos casos, si la compañía aérea se negase a ello, se puede presentar una reclamación judicial. Si tienes problemas con tu vuelo. Únicamente sólo tiene que hacer clic en Wings to Claim, dedicar 2 minutos a seguir los pasos y subir tu tarjeta de embarque. Y nuestros compañeros se pondrán en contacto contigo en un plazo de 12 horas el mismo día. Y te ayudarán a subir los documentos necesarios de manera gratuita y con seguridad hasta que recibas la indemnización de la compañía aérea.
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